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¿QUÉ ES UNA CONSTRUCCIÓN ILEGAL? EL CASO DE “PONTE SARELA”

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Por Francisco Camino Desde Arquitasa

“Es obvio, algo es ilegal cuando no cumple la legislación vigente. Aunque todo cambia si la supuesta ilegalidad se produce dentro del territorio español, donde ya no está todo tan claro. La incertidumbre aumenta considerablemente si el objeto o acción ilegal ha sido desarrollado en el campo del urbanismo, la construcción o cualquier otra faceta del ámbito inmobiliario.

Efectivamente, España es un país con sobreproducción de leyes. El actual marco constitucional permite que se aprueben leyes, decretos, normas y diversas figuras jurídicas en tres niveles legislativos diferentes, esto es, en el nivel estatal, en el autonómico o en el municipal. Alguna de estas leyes que afectan y regulan el mismo ámbito, pueden ser aprobadas, simultáneamente en dos o más niveles, pudiendo contener elementos contradictorios, además de tener que ser interpretados con una jerarquización difusa y discutible.

En el ámbito estatal el Congreso legisla con bastante intensidad, sobre todo en las materias en las que deberían existir normativas duraderas, estables y ampliamente consensuadas. Esto último contrasta con la lentitud legislativa en las materias que precisan urgentes reformas, por estar totalmente anticuadas o por proteger ancestrales privilegios. A la actividad legisladora del Congreso se le añade la gran afición de los sucesivos gobiernos a aprobar decretos, muchas veces contradictorios entre sí.

En el ámbito autonómico, diecisiete parlamentos se afanan, tal vez para justificar su existencia, en legislar sobre lo ya legislado. Los  referidos parlamentos autonómicos aprueban leyes que suelen contener disposiciones que entran en conflicto con las normas estatales, supuestamente de rango superior. Todo se puede complicar con actuaciones legislativas distintas e inconexas,  muchas veces contradictorias entre sí, de distintas Comunidades Autónomas vecinas, llevando a  situaciones totalmente diferentes en pequeños ámbitos territoriales con porciones de terreno ubicados en zonas “fronterizas”.

Por si no fuera suficiente, los municipios tienen amplias competencias en materia urbanística, algo que en principio es bueno, pero esta situación suele generar regulaciones muy diferentes entre municipios vecinos, ocasionando  muchos y variados litigios territoriales. (…)”

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